Edición N° 18 - invierno 2000
(para el hemisferio sur)

Inequidades e injusticias

Por:
María Felicitas Elías
*
(Datos sobre la autora)


Introducción

Esta monografía surge como inquietud a partir de preguntarnos sobre características que determinan al Trabajo Social. Si bien inicialmente quisimos acercarnos al proceso identitario centrado en el tema de tesis, circunstancias de la actividad profesional y procesos de transformación profundos llevaron a resituar este trabajo.
En íntima vinculación con lo enunciado, los interrogantes surgidos a partir de los Seminarios "El debate contemporáneo en Trabajo Social: Rupturas y continuidades""Tendencias Teórico Metodológicas del Servicio Social Contemporáneo. Un Abordaje Histórico", se constituyeron en analizadores de prácticas, quehacer e identidad al interior del sistema administrador de justicia.. Tanto las lecturas sugeridas como el propio proceso permitieron reflexionar con mayor profundidad respecto del contexto, la relación que planteamos y su registro.
Parte de nuestros razonamientos iniciales fueron: Que el Poder Judicial no está bien visto es un hecho sabido. Que el Trabajo Social se inserta en él -al igual que en otras áreas del Estado- también. Luego; en crisis la aplicación de justicia ¿cuáles son las prácticas de la institución? En ella ¿cuál la identidad de la profesión? ¿Es la otrora asignada? ¿Cuál es el contexto en el que transcurren las práctica disciplinares del órgano estatal a cargo de políticas de disciplinamiento y control?

Estas preguntas objetivan relaciones percibidas tiempo atrás, que luego de lecturas debates e intercambio con colegas y magistrados pudimos caracterizar como sigue:
La actual dinámica institucional (del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires) refuerza -para el Trabajo Social- la mera recolección de datos, la evaluación de "cualidades morales", la búsqueda de testigos, el pedido de consulta a vecinos en cuestiones de diversa índole.
Es decir, parecería que las diversas prácticas operan de forma acrítica y reiterativa al interior del sistema, cooperando en forma inversamente proporcional a la lenta devaluación que éste padece, donde el Trabajo social constituye, afianza y discute sus prácticas e identidad.

En fin actividad sin fin, alienantes para con el profesional y alienadas para con los sujetos que por una u otra razón están vinculados al sistema.

Abrimos esta discusión a partir de historiar el pasado reciente -1-, sumamos a las ciencias sociales porque tratamos el hacer disciplinar, relaciones sociales, relación Estado-sociedad.
Soslayamos la presentación de codificación jurídica de fondo y forma aunque a la hora de la reflexión las tendremos en cuenta; hacemos breve referencia a Acordadas y Resoluciones -2- en tanto normativa de actuación.
Agregamos -para triangular y a modo de paráfrasis perfectamente identificables- materiales de trabajo -3- de valor descriptivo que indican procesos, atribuciones, condiciones porque totalidad y particularidad resultan mediaciones explicativas de la realidad y "el penetrar en sus tramas son fundamentales para que la mediación se efectivice y gane solidez como categoría facilitadora de la transformación" (MARTINELLI, 1993 :136).

No ingresan en este ensayo requerimientos a planteles de Fiscalías de Cámara, Juzgados de Menores, Defensorías y Curadurías Oficiales, tampoco de Juzgados de Familia ; por creer que son material para investigarlos en otra ocasión.

La temática de tesis -institutos adoptivos en el contexto de su gestación- respecto de las ideas que aquí vamos a desarrollar, no estaría linealmente vinculada; pero creemos que esta mirada a condiciones y quehacer disciplinar proveerá claves interpretativas para abordar esa indagación.

El Trabajo Social y constitución histórica

Reconocemos en las raíces del Trabajo Social antecedentes de diferentes prácticas filantrópicas, asistenciales y benéficas llevadas adelante por grupos, personas, credos y sociedades en su evolución mundial.
Reconocemos también los orígenes de tecnificación y profesionalización en las crecientes necesidades del desarrollo capitalista a lo largo de la historia, señalados por NETTO (1997), IAMAMOTO (1995) como contradicción originaria involucrada en la disciplina.

A su llegada a Latinoamérica la Asistencia Social, desprovista de la propuesta de ayuda (que encarnó en ella su primer sistematizadora Mary RICHMOND) fue también asociada a la burguesía y capitalismo nacientes. Para el caso argentino en la evolución del Servicio Social hay algunos "jalones" de importancia, que perfilan modelos teórico-hegemónicos que reseñamos en apretada síntesis: -4-

"Entre 1925 y 1940 comienza el proceso de fundación de distintas Escuelas de Asistencia\Servicio Social, donde prima el modelo europeo como marco de referencia de la tarea, que está siempre orientada en apoyar a otras disciplinas, tales como la medicina o la abogacía. El enfoque es asistencialista: existe siempre un individuo con un "problema" que es "atendido" por el asistente social, para resolver su carencia de orden material (alimentos, vivienda, atención de la enfermedad, dinero). El individuo asistido es el CLIENTE.

"En 1945, se crea la primer Escuela de Asistencia Social, dependiente de la Universidad de Buenos Aires. Su encuadre teórico no varía demasiado del anterior, pero, se introduce una novedad, que es de origen europeo: EL TRABAJO GRUPAL. Lo que diferencia a este modelo es la necesidad del trabajo en asociación, tendiente a lograr un mayor nivel de "ajuste" al "medio social", considerando a éste como un sistema de normas y pautas rígidas, no adquiridas aún por "los asistidos". "Así, el rol del Asistente Social, es promover un cierto "retorno" a lo social, sin demasiado cuestionamiento sobre las motivaciones que hicieron posible o determinaron el "ingreso" a la marginalidad. El Asistente Social, ocupa el rol del analizador de la personalidad y de la situación del cliente". -5-

"En este período, la creación de la Fundación Eva Perón, al igual que las dependientes de organizaciones oligárquicas tuvo un carácter asistencial, pero si es posible rescatar algo de esa experiencia es que, intentó desarrollar su tarea desde una perspectiva más "popular" y en apelación a la construcción de derechos. En definitiva, quedó entrampada en los mismos límites en que quedaron otras organizaciones: "EL ESTIGMA ASISTENCIALISTA". (ELÍAS, 1985)

La década del optimismo desarrollista planteó una visión dualista de la sociedad : por un lado su modernización; ligada al proceso de industrialización, creciente urbanización y por otro, la subsistencia de un modelo tradicional en el que se continuaron los mismos indicadores de subdesarrollo latinoamericano, estampados en el concepto de MARGINALIDAD. La perspectiva de solución optimista a estos "desajustes" estaba en la planificación. -6-

El Servicio Social, definido en Costa Rica, como "el instrumento para acelerar la consecución de cambios equilibrados" (1961) es ejecutado por el Asistente Social \ Trabajador Social, como "UN AGENTE DE INTEGRACIÓN", propulsor del pasaje de lo tradicional a lo moderno.

1970: El período de la Reconceptualización supuso la inclusión de una conducta reflexiva y con intención cientista al interior del Trabajo Social. Significó la introducción, o mejor dicho, la apertura hacia el trabajo con grupos populares; llevó a reflexionar sobre modalidades de trabajo, teorías, técnicas, relación entre sociedad y estado, papel del estado, concepciones de él.
El Trabajo Social, el Servicio Social, se tomó a sí mismo como objeto de estudio, deseó dejar de ser una "práctica", buscó elaborar su propia teoría, desarrollar su propia metodología, poniendo el acento principalmente en este punto, arriesgando a pensar su vinculación con el marco político y económico dominante.
Añadimos que esta transformación fue prácticamente imposible de ser volcada al marco institucional, ya que él requería de "agentes" que pusiesen en práctica políticas definidas por el Estado y al servicio de los grupos de poder.

1976: Caminando por la senda del enfoque tecnocrático (aislando al hombre de su contexto, de su historia), se dan en este pasaje, dos enfoques: psicologista: pone fuertemente el acento en el inconsciente, la conducta, los mecanismos de defensa, la transferencia y contra-transferencia.
Toma a la persona como sujeto de actuación, sin considerarlo como fruto de la historia y sus luchas por la liberación. Es decir, sin tener en cuenta la necesidad de cambiar estructuras.
Orientación social: "es aquel proceso desarrollado por el hombre para obtener soluciones normales a sus dificultades sociales". El Asistente Social, entonces, ayuda, a través de una serie de técnicas -acelerando el proceso de encuentro de soluciones ADAPTATIVAS. Nuevamente, no se tuvo en cuenta aquí el contexto social y político, ni al hombre como sujeto histórico. Se trabajó, fundamentalmente con la familia, caracterizando "la dificultad" y encaminando al paciente a su solución.

En los ´90 el Trabajo Social reconoce sus raíces en las Ciencias sociales y desde allí apuesta a revitalizar su pasado reglamentarista, liberal o vocacional (IAMAMOTO, 1995) según sea la perspectiva del espectador.


El Trabajo Social en la institución judicial bonaerense

Año 1930: Epoca de convulsión social: huelgas masivas, represión, hambruna y golpe de estado. Gobierno militar encabezado por el Gral. Justo; depresión económica internacional, caída de las exportaciones para la Argentina de las vacas y el trigo. Crisis económico-social, pobreza por doquier y por tanto necesidad de control. De disciplinamiento social, tanto de adultos como de niños.

Con influencia inglesa pero sujeta a Estados Unidos, la R. Argentina asumió la línea propuesta por "Los Salvadores del Niño" -7-, que de manos de connotados juristas locales vio nacer -en la Provincia de Buenos Aires- al tratamiento jurisdiccional de la niñez creando los primeros Juzgados de Menores -8-.
Y en ellos los "visitadores especializados" -9- antecesores de los actuales peritos asistentes sociales. Con funciones y tareas no explicitadas en los cuerpos legales ni en compendios técnicos, tanto el desempeño cual la proto-identidad -10- fueron conformándose al calor de la práctica cotidiana.

Da cuenta de ello la entrevista (realizada en 1982 y de la que extractamos partes), en la que un magistrado con amplia experiencia en la Justicia y en particular la minoril decía : "El Servicio Social en este tipo de trabajo tiene una importancia muy grande. Además de participar en la tarea de evaluación interdisciplinariamente, es quien debe realizar las comprobaciones de la marcha de la orientación dada a cada caso en particular, y muchas veces, es el Asistente Social el que debe provocar una nueva evaluación interdisciplinaria, ya que la primera aproximación de solución al caso, al ensayarla, provoca reacciones que es necesario evaluarlas y ajustar nuevos y adecuados métodos para ello.
Consideramos que el Servicio Social desarrolla en un Tribunal, una tarea de muy seria responsabilidad".(...)

Y más adelante refiriéndose al trabajo (del Juzgado todo) con conductas humanas variables y diferentes dice: "no hay soluciones prefabricadas, el profesional del Servicio Social nunca puede llegar a pensar en soluciones estrandarizadas, pues ello haría olvidar al individuo".
Y finaliza: "el Servicio Social debe ampliar y profundizar métodos de trabajo conforme al reconocimiento de las realidades cambiantes de nuestro país y con una clara filosofía cristiana de la familia, pues del reforzamiento de los lazos parentales han de resolverse muchos de los problemas con los que nos enfrentamos diariamente. -11-

Constituidos en "los ojos y los oídos del juez" -12- integrando un fuero degradado y considerado "menor", la práctica de trabajadores sociales centró su aporte en el estudio y tratamiento de la familia del encausado, sea por cuestiones penales y\o asistenciales.
La visita domiciliaria su instrumento, el diagnóstico situacional su producción y el control su práctica.

Así quedaron por fuera la "cuestión social", la comunidad de pertenencia, los procesos histórico familiares y la consideración ética referida a judicializar cuestiones de honda raigambre social y económica. Tomó cuerpo el control de la familia, "ese gran útero" al decir de cierto magistrado minoril, con la niñez-adolescencia como actor principal.
Manifiestamente quedó "adentro" todo aquello que no respondía al sistema. "En efecto, si la nota característica de la política de disciplina social en la formación del Estado moderno ha sido la del secuestro institucional de la problemática social, en la implementación de la política del Welfare es posible asistir a una tendencia de signo contrario: la voluntad de reducir la población internada y la "expulsión" de la misma hacia lo "social".(PAVARINI, 1994:7).

Un Señuelo para Peritos Asistentes Sociales

Los ´70 en Latinoamérica fueron época de movimientos populares, convulsión generalizada tanto en lo económico y político como en las posibilidades de transformación de la sociedad. Argentina no difería del común denominador americano : guerrilla urbana, rearticulación y activación política del peronismo y otros partidos políticos que presionaban sobre el gobierno militar. Alejandro A. LANUSSE general de la Nación, presidía la dictadura que finalizó en 1973. Como tal encabezó la política de represión a movimientos armados, sindicales y sociales. Contaba con un aparato judicial dócil y a medida de las necesidades. -13-

En la Provincia de Buenos Aires se diversificaron jurisdicciones y competencias, creando nuevos departamentos judiciales y Tribunales de Instancia Unica o Tribunales Colegiados de Instancia Civil. Estos cuerpos - previstos para atender cuestiones de familia- incorporaron junto a otras disciplinas (Psicología, Economía, Ingeniería) al Trabajo Social.
Por diversas razones de orden gremial (diferencias entre magistratura y colegios de abogados), la instancia y competencia colegiada no prosperó.
A consecuencia de ello y en lento proceso los equipos profesionales pasaron a integrar Asesorías Periciales -14- ya existentes que casi exclusivamente desarrollaban tareas de medicina legal. Transcurría el año 1978.
Atrás quedaba el proceso democrático que tuvo como presidentes a Héctor J. CAMPORA, J.D. PERÓN e Isabel M. De PERÓN.

Durante la joven dictadura encabezada por Jorge R. VIDELA; la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, produjo el Acuerdo N 1793 -15- y entre otras secciones se refiere "al  Servicio de Asistentes Sociales", cuyas tareas son:

  1. "Practicar informes ambientales para establecer un diagnóstico situacional de las condiciones socioeconómicas, pautas de vida e interrelaciones entre las partes intervinientes en los casos de adopción, insania, divorcio, tenencias, curatelas, inhabilitación, homicidios, daños y perjuicios, desalojos, sucesiones, robos, hurtos, estrupo y realizar las entrevistas personales destinadas a la verificación problemática de los datos recogidos. (SCJPBA;.1978: 135).
    Como expresión de la triangulación que mencionamos, seleccionamos de los materiales de trabajo -16-:
    "... La complejidad en la tarea pericial concurre también a la situación de crisis del Sector, y se agrega a la exposición hasta aquí presentada. Nos referimos con ello a que visualizamos una tendencia creciente de intervención para investigación social en el fuero penal -cuestiones de familia (Ley 24270); situación de menores en riesgo -17- (Expte Nº 3, Juzgado en lo Criminal C- Departamental en el que se solicita: "informe ambiental del imputado y de las víctimas a fin de determinar si existe peligro para la integridad de los Menores".
    En otro Expte N º4 "Lesiones leves", Juzgado Criminal D Departamental "ordena: amplio informe ambiental en el domicilio del causante con el fin de establecer si la presencia del procesado en sí mismo puede provocar violencia física o moral, tanto en los menores convivientes como en la denunciante".
    La rogativa ordena que "se cumpla con carácter de urgente lo solicitado por la Sra. Agente Fiscal".

  2. "Realizar informes vecinales, entrevistas en instituciones, clínicas neuropsiquiátricas, hospitales, establecimientos educacionales y lugares de trabajo para recoger información inherente a los distintos casos." (SCJPBA;1978:136). -18-

    Dando cuenta de la realidad por las que transcurre la práctica judicial de la Nota del 26.6.98 :
    "... Expte N 5 "amenazas" del Juzgado Criminal N E - Departamental "sendos informes ambientales respecto de denunciante e imputado. Respecto de éste último, atento el escaso período que lleva en su actual domicilio se practicaría en el de figuración de fs. X( que es su domicilio anterior)"; o Expte. 6 -art.10 Ley 10067 tramitado por ante el Juzgado Criminal N F Departamental, donde se solicitó informe ambiental de ambos padres y de los menores -19- - domiciliados en distintas localidades; situaciones en las que, como consta en la pericia fue imposible peritar."
    "La multiplicidad en las intervenciones también se refleja en pedidos de colaboración de otras Departamentales tales como "entreviste al encausado e indique cual o cuáles son las instituciones de bien público, o los organismos estatales adecuados para que el procesado realice trabajos no remunerados en favor de la comunidad" (Causa N 6, Juzgado en lo Penal N F - Departamento Judicial de pp..)."

    En la característica del discurso dominante el artículo 36 de la misma Resolución indica que "los peritos deberán expedirse en todo otro problema de sus respectivas especialidades que no estén taxativamente determinados en los artículos precedentes." (1978 :136).

    "...A modo de paradigma: en Causa N 1\xx -Juzgado en lo Criminal y Correccional N A - Departamental) se solicitó con fecha 14.4.98: "practicar amplio informe socio-ambiental, tendiente a determinar costumbres, concepto, cambios especialmente en lo patrimonial, observados por los vecinos de cada una de las personas cuyos datos se consignan, como también las actividades sociales que desarrollan: (clubes, colegios a los que concurren sus, hijos, asociaciones, parroquias, etc.)".
    Los consignados son cinco (5) de los cuales dos (2) residen respectivamente en Ituzaingo y José C. Paz, una tercera en Don Torcuato, otra en V. López y la quinta en Accassuso. Para la labor ordenada se indicó un plazo de 20 días."

    O bien : "...Destacamos también la intervención en Causas por homicidio, tramitadas tanto en primera como en la Alzada y que requieren de detallados estudios como también de la presencia en los plenarios. Aquí podemos referenciar los Exptes N 7, tramitado por ante la Sala X - Departamental y otros que en ocasiones han requerido el recorrido de la zona donde se produjeron los hechos para identificar testigos."

La regulación - por cierto no taxativa y contradictoria - amplió la demanda de profesionales asistentes sociales (denominación que aún se mantiene) al interior del Poder Judicial.
De esta forma la existencia de cuerpos en el fuero minoril, Oficinas de Corte, Ministerio Público, Procuración, Curadurías Oficiales y Asesorías Periciales tuvo un lento pero sostenido crecimiento hasta finales de los 80.
Sin más normatización que la enunciada e insertaron profesionales en diferentes instancias, lo que dio lugar a todo tipo de asignación de tareas en el saber de un profesional accesible, dispuesto; capaz de operar en la realidad social y vida cotidiana.
Esencialmente apto para gestionar notificaciones, participar en el "secuestro de un menor" -20-, certificar condiciones de higiene y hacinamiento en viviendas populares, determinar abandonismo y también cumplir tareas administrativas.

"...En otro aspecto decimos: la labor pericial requiere de conocimiento detallado de las actuaciones, realización de entrevistas en domicilio, en sede pericial, citación a detenidos; toma de contacto con menores; relación con vecindario, conocimiento de instituciones para efectivización de probation; visitas a clínicas psiquiátricas, hogares de ancianos; pericias por guarda de niños, adopciones, tutelas; que no siempre se ubican en la jurisdicción."

La década perdida, frente a la exclusión, los "nuevos problemas sociales" (SIDA, adicciones, violencia familiar, etc.), sumados a los "viejos problemas sociales" sin resolver; los imperativos internacionales y la transición democrática, fueron marco para una mayor demanda del recurso que pudiese dar cuenta de qué y por qué se sucedían crisis en "el afuera", en la sociedad fragmentada, disciplinada, violentada.

Tarea permitida, como sí de la información, de los datos aportados por vecinos en una sociedad disciplinada que salía del terror estatal. La verificación de los dichos, para otorgar subsidios que evitaran internaciones.

Al interior del tercer poder, el aperturismo, las disímiles y truncas experiencias de colegas, sumadas a haber logrado cierta interlocución entre pares y con una co rrelación de fuerzas más propicia - si bien no enteramente favorable - dieron pie al tratamiento de diferentes reivindicaciones. -21-

Reclamos por mejores condiciones de trabajo (asignación de tareas cualificadas, recorte y especificidad de las mismas, replanteamiento de funciones, ajustes en Acordadas; relevamiento de participación en medidas cautelares, valor del informe pericial como prueba no vinculante), reconocimiento de la tarea como labor profesional (cuestión íntimamente vinculada a la sanción de las Leyes Profesionales) fueron procesos alumbrados ocasionalmente por el colectivo o bien individualidades y tratadas - algunas- distantes de la organización gremial del conjunto de trabajadores.
Quedaron por resolver -curiosamente- compatibilidad de funciones, tareas y encuadre profesional en Fiscalías, Defensorías, Cámaras y Curadurías.

En este decurso preocupaciones metodológicas unidas a planteamientos aislados de algunos equipos, transitaron por la definición de una identidad "construida desde fuera".
Más específicamente, de la mano del discurso institucional hegemónico (los magistrados) en apelación a la perspectiva interdisciplinaria, con abordaje clínico y a veces psicologizante de la práctica -22-.

La característica: el hacer constante con restricción por el análisis totalizador. Etica y política en el hacer profesional:
"... Reiteramos que entendemos que, para los srs. Magistrados la toma de contacto ejecutada por las peritos - en estas situaciones resulta de suma importancia a la hora de producción de las sentencias, siendo éste el principal motivo que nos ha llevado a trabajar como hasta el presente. Y ello así, en mucho les obliga a requerir la pericia en plazos perentorios cuyo término máximo es de 20 días; cuestión que también torna compleja y antagónica la labor, ya que si las profesionales recibimos cinco (5) expedientes con términos de cinco (5) días, al recibir dos (2) de tres días y uno (1) de 24 horas en las condiciones que más arriba detallamos (dispersión de zona, escasa accesibilidad, imposibilidad de hallar el domicilio y -lo que en sucesivas ocasiones ocurre- no se encuentra en el domicilio a las personas a entrevistar, la tarea pericial -de suma utilidad- se trastoca con riesgo de no poder concretarse. Esta situación se convierte en terminal cuando -como ocurre en pedidos periciales que implican a ambas partes del conflicto- y no logra localizarse a una de ellas, la labor resulta ineficaz en relación a lo ordenado por SS".
..." Para finalizar en la descripción de las condiciones de trabajo del Sector, agregamos que a lo ya expresado -que si bien pareciera que ponemos el acento en los aspectos territoriales- entendemos que la labor de expertas que desarrollamos, es un todo y en el que la concreción del trabajo de terreno se refleja en el informe pericial."

Los esfuerzos y propuestas en torno de la necesaria vinculación comunitaria, relación más cotidiana con la sociedad, revisión en torno a modelos de trabajo e intervención, fueron marginados y en ocasiones censurados.

En síntesis heteronomía y diversidad constituyeron un tramo más en esa construcción de identidad. Y en calidad de ratificación de lo hasta aquí señalado :
"... Como tal resulta una producción de carácter evaluativo-descriptiva no menos implicante en términos de evidenciar las cuestiones observadas y posteriormente consideradas: los conflictos en pugna, "la cuestión judiciable"; las condiciones ambientales, económicas y sociales del grupo entrevistado y todo aquello que constituye preocupación para arribar a una sentencia justa.
Ello es obviamente - y a tenerse por la demanda creciente- un avance en la consideración de las problemáticas tratadas."

La crisis y el cambio

El modelo neo-liberal de los 90, la crisis social y económica por la que atraviesa la Argentina de fines de siglo nos llevan a que: "Al dimensionar la crisis del Estado planificador como la descompaginación de un proyecto de sociedad largamente acariciado y nunca bien materializado, aparece el carácter de crisis cultural. En consecuencia, lo que está en crisis no es sólo un patrón de crecimiento o una estrategia económica sino mucho más que eso, una cultura de desarrollo asociada a una forma específica de articular el Estado con la Sociedad Civil" (HOPENHAYN, apud GARCIA DELGADO;1994:211).

La continuidad democrática, condición de reflujo de los movimientos sociales, y especialmente la evidencia de una sociedad fragmentaria impactaron al Estado árbitro más ocupado de la apariencia que la escencia. Un Estado más económico que político, más empresarial que social y más corrupto que justiciero.

En una nueva modalidad de relación sociedad civil-Estado, los casos María Soledad, conscripto Carrasco, masacre de Ingeniero Budge -23-, demandaron ante la Justicia por justicia, resarcimiento de derechos, mediación y seguridad. Son marcas profundas que hablan de promesas conservadoras incumplidas: la justicia (como "el orden") conteniendo, "puliendo" a la democracia.

En este marco de severas condiciones sociales y económicas, en la Provincia de Buenos Aires con más de 13 millones de habitantes, algo más de la mitad (6.820.324), reside en 19 municipios "primer y segundo cordón" de la Ciudad de Buenos Aires (SCJPBA;1997:30).
Podemos pensar algunas razones. Una de ellas: estrategias de sobrevivencia de la población que en territorio extenso, concentrador de riqueza y servicios públicos, tiene mayor probabilidad de mejor oferta en recursos de justicia, salud, trabajo, seguridad, educación, programas sociales.

Las localidades provinciales que corresponden con el área jurisdiccional (Poder Judicial Departamental San Isidro) -24-, en trazo fino expresan la fragmentación social: allí coexisten a escasos metros de distancia muy ricos con muy pobres (vgr. Barrio La Cava y zona de Las Lomas en San Isidro); a diferencia de Moreno, Florencio Varela, o Gral. Sarmiento en que exclusión y pobreza se territolizarizan uniforme, extensa y unívocamente.

"...atento los requerimientos de los Magistrados, la dispersión geográfica juega un papel preponderante. Máxime cuando estamos a intervenciones que exceden la jurisdicción territorial y suponen arribar a zonas distantes de la Departamental; las que por otra parte resultan desconocidas para las peritos.
Ello requiere acceder a medios de transporte público para llegar a dichas zonas; evaluar condiciones de riesgo en relación a peligrosidad, y viajar horas para cumplimentar la tarea encomendada.
Agregamos a este aspecto, para su consideración, que aún trabajando en la jurisdicción de la Departamental San Isidro, nos encontramos con zonas de difícil acceso, como es el caso de Islas (Paraná Miní por ejemplo), que concitan de la cooperación policial en muchas ocasiones, ya que no existe transporte público que permita el acceso."

Como contrapartida de la concentración y oferta, la Provincia reconocida como territorio altamente inseguro, recurre al Poder Judicial en demanda de resolución de diferentes conflictos. Con marcado crecimiento de causas iniciadas por materia (entre el 18 y el 27% en más para el quinquenio 91-95 en relación al período 1986-1990), en totales provinciales, los fueros que registran mayor crecimiento son Menores (27%) y Penales (21%).(SCJPBA; 1997: 167).
En un sistema de por sí lento, pegado a formalismos, los Juzgados, las Oficinas y demás áreas se encuentran saturadas:
Siguiendo la práctica documentada: ".. Estos guarismos son más explícitos si señalamos que, durante el año 1996 ingresaron a la Sección 540 expedientes, en una media mensual de 45 causas. El incremento sobre causas ingresadas para peritación, creció entonces en un 10% entre 1996 y 1997, suma que se incrementó en un 25% en la asignación por perito para 1997. No obstante las cifras que referimos, como un primer acercamiento a la tarea, entendemos, no reflejan la real cuestión, en virtud de las cuestiones que pasamos a desarrollar:
En cuestiones penales, la administración sorprende en la etapa de investigación puesto que está a cargo de la Policía de la Provincia de Buenos Aires: "Cuerpo con casi 31.000 agentes, (que) ha montado - a la par que la violencia y la injusticia, su propio negocio. Con efectivos mal equipados, mal pagados y, sobre todo, mal reclutados y peor instruidos. La Bonaerense convirtió algunas de sus taras en parte de su sistema de sobrevivencia; capitalistas de juego y comerciantes irregulares trabajan desde hace décadas en sociedad forzada con las comisarías, pagando un canon para seguir existiendo".
Y concluyen DUTIL y RAGENDORFER, en "La Bonaerense": "Todos los poderes de la sociedad conocen desde siempre esta situación y la consienten, por aquello de la crónica escasez de recursos y de la no menos crónica corruptela del poder político, que siempre supo sacar provecho. Fondos para bolsillos particulares y campañas electorales, complicidad en los propios negocios turbios, mano de obra disponible, son razones de peso" (1997:10).

¿El cambio para el no cambio?

Y, otra vez: Es en este contexto de pobreza, cercenamiento de derechos, inseguridad, exclusión y modernización de fines de siglo que la Justicia Bonaerense con sus 19 Departamentos debe actuar y para ello "moderniza" uno de sus fueros.
Próximo a ser aplicado, el renovado Código de Procedimiento Penal (CPP) se propone garantizar: celeridad del proceso por vía de la oralidad (para delitos con penas mayores de tres años), adscripción al modelo acusatorio, integración de la Policía Judicial que dependerá del Ministerio Público.
El modelo asigna a los Fiscales protagonismo en la investigación y dictado de primeras medidas. Los jueces hasta el presente factótum en todo el proceso, serán "jueces de garantías". A su cargo estará la aplicación de medidas cautelares.

Creemos que este movimiento en el escenario, establecerá nuevas relaciones de fuerza, otras interlocuciones y miradas sobre aquello a investigar, cómo hacerlo, quién el responsable, qué derechos proteger y de quiénes. Dará lugar seguramente, a nuevas asociaciones, renovadas articulaciones y acumulación de poder. También variadas disputas en relación al discurso, al deseo y el poder.

Sea por la forma, sea por la despenalización, desincriminación o para evitar la carga del sistema de la justicia penal de funciones puramente simbólicas, es pasible pensar esta transformación en términos de medidas de hard o soft control.

Las diferentes Prácticas

Dejemos que el documento hable por sí solo:
"...Desde el año 1989 a la fecha, la Sección cuenta con cuatro (4) especialistas, número que fluctúa a lo largo del año, y en especial desde mediados de 1997 al presente, en tanto una de sus integrantes con reiteradas licencias y juntas médicas.
Ello hace que el plantel, quede reducido a tres (3) Licenciadas, situación que fácilmente coopera con el desborde de la tarea pericial.
En este sentido señalamos, por ejemplo que durante el año 1997, hubimos de intervenir en las 600 causas ingresadas a un promedio de 50 causas mensuales, lo que implicó una asignación de 16.5 causas -media mensual- por perito; a diferencia de 12.5 expedientes mensuales en caso de contar con el plantel completo. Estos 600 expedientes, requirieron en más de un 65% una doble intervención."

..." Podemos asegurar que -al duplicarse y en ocasiones triplicarse (por expediente) el requerimiento de los SRS. Magistrados- las cifras reales de trabajo hablan de alrededor de 990 intervenciones emanadas a lo largo de 1997; lo que hace a una producción mensual de 82 pericias para el área Asistencia Social.
Esta ampliación se relaciona con la inclusión -iniciada a mediados de 1995- y en una tendencia que se resulta creciente en torno a que las prácticas ordenadas por SRS. Jueces. En ellas se indica que la tarea de los expertos se concrete en relación a "víctima y victimario", sean estas causas por lesiones, amenazas, denuncias entre vecinos, amenazas telefónicas, alimentos y otras"
.

".. Otra situación que a diario visualizamos, también vinculada al desempeño territorial en esta Departamental es la accesibilidad. Extendidas de zonas rurales; calles de tierra; calles sin nombre y\o deficientemente indicados en la zona, y en ocasiones con limitaciones en la exposición policial (las más de las veces escrito al que debemos atenernos) y\o declaración en los autos. Como agravantes de esta cuestión, señalamos también la existencia de zonas de riesgo (vgr. denuncias penales de peritos asistentes sociales, oportunamente comunicadas a la Jefatura - Causa N 2\xx- Juzgado Penal N B Departamental y otra), como es el caso del Barrio La Cava, San Pablo, Las Tunas, Las Flores y otros. Requieren de previsiones y\o suponen restricciones en su acceso.
Implican el convenio previo de entrevista previa para ser acompañado por alguno de los actores. Es decir, dan lugar a gestiones, labores artesanales las más de las veces poco identificadas en la tarea pericial."

"La permanencia en sede para atención de consultas; el desarrollo de reuniones interdisciplinarias para el abordaje de "casos-expedientes" que reflejan problemas sociales de los judiciados son también condiciones necesarias para una positiva producción pericial;(..) En síntesis bajo la condición de "turno permanente" intentamos atender la cuestión social de modo integral"...

Una mirada hacia el futuro...

Rescatamos para concluir aquello de "no hay patrimonio específico que le corresponda al Servicio Social dentro del campo de las Ciencias Sociales. Antes bien, creo que debemos superar las fragmentaciones que el proceso de especialización capitalista nos impone" (ELÍAS:  1985).

En relación a las identidades atribuidas y asumidas creemos que el Trabajo Social, está condicionada por los avances y retrocesos de la sociedad global y las funciones que ésta la delega. Efectivamente la constitución de su identidad histórica se halla ligada a promover una adaptación acritica al modelo social vigente" que nunca tiende a mostrar la injusticia, sino más bien a encubrirla.

Cuando MARTINELLI dice "en un verdadero fetichismo, la identidad atribuida es la que es fijada como identidad de la profesión, abriendo amplios espacios para la producción de un percurso alienado, alienante y alienador de la práctica profesional" (1997:103), pensamos que ello sucede porque al Trabajo Social se lo presenta como una herramienta de armonización de tensiones en conflicto escondiendo la verdadera contradicción que nos muestra a la sociedad dividida en clases sociales, donde, unas domina y otras son dominadas.

En relación al desarrollo del Trabajo Social asociado de modo subalterno a la institución que ejerce poder y simboliza el discurso de la legalidad, creemos que se ve convulsionado no sólo por lo inmediato y cotidiano, sino por una práctica distorsionada tensada entre sus visiones conservadoras y de transformación.

En una institución en crisis (el Poder Judicial) deberíamos tener en cuenta el espacio de control social es ejercido de múltiples formas: la victimización, el control; la presencia del "Asistente Social realizando informe social de víctima y victimario".
"Las medidas blandas terminan por apoyarse -a veces sólo mediante la amenaza, otras veces en la efectiva aplicación- en los segundos (hard control); de modo que en el caso de las formas de soft control se mostraran inadecuadas, serían suplidas por aquellas de hard control." (PAVARINI ; 1994 :11).

Revisar la intervención profesional atendiendo a la conflictiva que adquieren estos registros en la realidad concreta, permitirán analizar y accionar sobre las identidades atribuidas para así constituir variables de transformación.

Creo que Bertold BRECHT, en su poema "Los Telones", sintetiza sabiamente diciendo:

Si el espectador se recuesta en su asiento
debe ver
con qué astucia preparan ustedes, todo
debe ver
la luna de estaño que desaparece
y el techo de la casa que se coloca.
No le revelen demasiado
pero sí, revélenle algo
amigos.
Dejen que el espectador descubra
que ustedes no hacen magia
sino que trabajan.

Buenos Aires, 29 de julio de 1998.

Bibliografía
  • Donzelot, Jacques: La policía de las familias. Editorial Pre-textos, Valencia, 1979.

  • Dutil, Carlos; Ragendorfer, R. La Bonaerense. Historia criminal de la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Editorial Planeta. Bs. As. 1997.

  • Elías, M. Felicitas.
    • Breve Reseña del Trabajo Social en América Latina. Mimeo. Bibliografía de Cátedra Nivel de Intervención I. Facultad de Ciencias Sociales UBA.1987.
    • Prácticas adoptivas y derechos de la niñez. Inédito. Bs. As., Año 1993.
    • Documento: Prácticas adoptivas y derechos de la niñez. Bs. As. Abril 1993. Inédito.
    • La adopción... ¿Una práctica que crece?. Revisión de aspectos societales en la adopción. Inédito. Bs. As. Julio 1998.

  • El Poder Judicial en Cifras. Publicación Subsecretaría de Planificación - S.C.J.B.A. La Plata, Año 1997.

  • Iamamotto, M., Carvalho, R.: "Propuesta de intervención histórico metodológica". En: Renovación y conservadurismo en el Servicio Social de Brasil. Ediciones CELATS. Lima, Perú. Sin fecha. Ley 4664.

  • Publicación Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Año 1973.

  • Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. Publicación Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, febrero 1990.

  • Ley N 10751. Del ejercicio profesional del Servicio Social. Año 1988.

  • Martinelli, Ma. Lucia:
    • Servicio Social :identidad y alienación. Cortéz Editora. Colección Biblioteca Latinoamericana de Servicio Social. Sao Paulo. 1997.
    • Notas sobre mediaciones: algunos elementos para la sistematización y reflexión del tema. En: Servicio Social y Sociedade N 43, Año XIV, 1993.(págs.136 a 141).

  • Martinelli, Ma. L y otros (comp.): MUCHAIL, S.T.:"De práticas sociais à produçcao de saberes ".(46 a 54).CRITELLI, Dulce M : "A contemporânea inospitalidade do humano." (págs. 84 a 95). VERAS BAPTISTA, M.: "A açao profissional no cotidiano". (págs. 110 a 121) En : O uno e o múltiplo. Cortéz Editora, SP, sin fecha.

  • Pavarini, Mássimo: "Estrategias disciplinarias y cultura de los Servicios Sociales. En : Revista Margen, Año III N 6, Bs. As., Agosto de 1994, págs.6 a 25.

  • Pereyra, Potiara: Os Falsos dilemas da assitència Social : un esforço de compreensão crítica combase em evidências empíricas En: "A assitencia social na perpectiva dos direitos. Crítica a os padrões dominantes de proteção a os pobres no Brasil". Editorial Thesaurus. SP. 1996. Págs. 9 a 33.

  • Raffo, H. A.; Rodríguez, M.V.; Vázquez Berrosteguieta, J.: "La protección y formación integral del Menor". Editorial Plus Ultra. Bs. As. 1986.

  • Revista Testimonio. Artículo: "Una práctica saludable". Entrevista a Dr. Juan Carlos FUGARETTA.", págs. 20 a 23. Editada por el Ateneo de Asistentes Sociales de Buenos Aires

  • SCJPBA: Acordada 1793. Del 25.6.78.Publicación Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, Año 1978Aires. Año IX, N 21, agosto 1982.

  • SCJPBA: Resolución N 167. Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires. Agosto de 1987.

  • Villarreal, Juan: La exclusión social. Ediciones FLACSO-Grupo Editorial NORMA, Bs. As.1996.

    Las Fuentes
    Archivos Personales Documentación presentada ante la SCJPBA:

      "Razones por las cuales se afirma que la actividad del asistente social en el ámbito de la justicia es técnicamente una pericia. (Sin Fecha).
    1. Memorándum.(Sin fecha).
    2. Anteproyecto de Reglamentación de la función del Asistente Social en Tribunales de Menores. (27.7.85).
    3. Notas a Jefatura de Oficina Pericial Departamento Lomas de Zamora, de fecha abril y septiembre 1988.

Diarios:
Clarín 14.7.96: págs. 40 y 41 y 26.1.98: pág. 16 y 17, 38 y 26.1.998: artículos diversos,
Página 12 del 21.9.94,
La Zona: informe de seguridad (enero 1998).
Ambito Financiero pág. 22 y 27.11.1997.
Periódicos En Marcha, editado por la Asociación Judicial Bonaerense.

Entrevistas

  1. Magistrados del fuero penal Departamento Judicial San Isidro.(primera y segunda instancia).
  2. Trabajadores Sociales de Juzgados de Menores Departamental San Martín, Juzgados de Familia y Asesorías Periciales de Lomas de Zamora y San Isidro;
  3. Secretario Gremial Departamental San Isidro.

NOTAS

-1- Hacemos referencia aquí a cuestiones que hemos desarrollado tanto en el proyecto de Investigación "La adopción... ¿Una práctica que crece?. Revisión de aspectos societales en la adopción. Bs. As., julio 1998. Inédito; como en el Documento: Prácticas adoptivas y derechos de la niñez. Bs. As. Abril 1993. Inédito. (N.A.).
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-2- Normas que emanan de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires (SCJPBA), órgano superior del Poder Judicial del estado provincial (N.A.).
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-3- Nota de fecha 26.6.98 : Dirigida a la Jefatura por la Sección Asistencia Social - Asesoría Pericial San Isidro Departamento Judicial San Isidro - P.B.A. El agregado será destacado por medio de párrafos sangrados, insertados en el cuerpo del trabajo.
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-4- Retomamos aquí partes del documento de autoría "Breve Reseña del Trabajo Social en América Latina".
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-5- Es importante destacar que hasta este momento el Asistente Social, depende, en buena medida de las organizaciones de asistencia benéfica. Sólo a partir de la creación de la Escuela de Asistencia Social de la Universidad de Buenos Aires, comenzarán a tener inserción en el aparato estatal, con una ideología que no es precisamente la misma que las de estas organizaciones.
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-6- Durante esta década se produce una de las revoluciones de mayor trascendencia en América Latina: La Revolución Cubana. En la perspectiva de los EEUU, el peligro cubano sólo podía prevenirse a partir del desarrollo de las sociedades atrasadas y de la incorporación de grandes sectores sociales al proceso de crecimiento económico, del que se habían visto excluidos. Nace así la Alianza para el Progreso, propulsada por la Administración Kennedy.
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-7- Denominación crítica que recibió la corriente de pensamiento originada en Illinois (EEUU), que diera lugar a la creación de los primeros Tribunales de Menores. (N.A.)
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-8- Ley N 4664 sancionada en 1938. Junto con la Ley N 4547 de 1937 que crea la Dirección General de Protección a la Infancia, componen la esfera jurisdiccional y técnico administrativa de la política minoril. Derogada la primera por Ley N 6661\61 y ambas en 1983 tras la sanción de la Ley N 10067 del 25.10.983 (N.A.)
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-9- Denominación que recibían en la Ley 4664 los delegados inspectores. Legos que cumplían las actividades que con el correr del tiempo, tecnificación y profesionalización mediante, fueron asignadas a asistentes sociales. Así lo explicita el Art. 8 de la Ley 10067 : "Cada juez será asistido por personal técnico constituido por un médico especializado en psiquiatría infanto-juvenil, un auxiliar psicólogo, y asistentes sociales con título habilitante reconocido oficialmente". El destacado es nuestro. (N. A.)
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-10- En una extensión de la propuesta formulada por A. EGG, en cuanto a reconocer protoformas de la profesión en los diferentes modelos de asistencia y filantropía (N.A.).
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-11- Extractado del artículo "Una práctica saludable". En Revista Testimonio, págs. 20 a 23. Los destacados son nuestros. (N.A.).
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-12- Frase vulgarizada, pero no menos aceptada por magistrados, funcionarios y colegas del Poder Judicial. (N.A.)
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-13- Como expresión de ello fueron la creación a mediados de 1972 de la Cámara Penal ("La Cámara del Terror o El Camarón" en la jerga del momento) como fuero especial para "juzgar" los delitos contra la Nación y la implantación de la pena de muerte. Tanto uno como la otra fueron derogados al comienzo del gobierno camporista.
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-14- Creadas por Ley N 5827 del 22.6.55, modificatoria de la N 8999. Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires. En los arts. 123 a 142 hace referencia a la creación de la Dirección General de Asesorías Periciales, con asiento en la Ciudad de La Plata, y Oficinas de Asesoría Pericial en cada uno de los Departamentos Judiciales de la Provincia de Buenos Aires. Delimita condiciones que deben reunir los profesionales y define "la obligación de auxiliar a la administración de justicia en todos los casos en que ésta crea necesaria su intervención, dando su dictamen, dentro del aspecto a que pudiera corresponderles, ante las autoridades judiciales".
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-15- Del 25.6.78. Reglamenta el funcionamiento de las Oficinas Periciales.
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-16- Extraído de la fuente documental : Nota de fecha 26.6.98: Dirigida por la Sección Asistencia Social - Asesoría Pericial San Isidro- Departamento Judicial San Isidro - PBA. Los destacados son nuestros (N.A. ) A fin de preservar la identidad de actores y Juzgados, apelamos a denominaciones figuradas. (N.A.)
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-17- Cuestión que no es competencia de Juzgados en lo Criminal y Correccional, ya que existe Fuero de Menores.
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-18- Los resaltados son nuestros (N.A.)
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-19- Ibídem nota N 17.
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-20- Medida cautelar que faculta a los magistrados a utilizar la fuerza pública, para el retiro de un niño del domicilio de uno de sus padres cuando mediare denuncia sobre condición de peligro y\o fuere obstaculizada la relación con el otro progenitor no conviviente.
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-21- Contamos con documentación presentada ante la SCJBA que nos permite esta aseveración : i)"Razones por las cuales se afirma que la actividad del asistente social en el ámbito de la justicia es técnicamente una pericia. (Sin Fecha). ii) Memorándum y iii) Anteproyecto de Reglamentación de la función del Asistente Social en Tribunales de Menores. (De Fecha 27.7.85), iv) Consideraciones de orden metodológico (De fecha 30.8.988). (Archivo personal de la autora).
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-22- Las opiniones del magistrado, citadas más arriba sirven son claro ejemplo a esta afirmación. (N.A.)
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-23- Casos de resonancia tramitados en Tribunales de la Provincia de La Rioja, Neuquén y Lomas de Zamora respectivamente. Dieron cuenta de alianzas y asociaciones espúreas entre grupos de poder político, mafias policiales, impunidad de las fuerzas armadas y mano de obra desocupada.
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-24- Integra los Municipios de Vicente López, San Isidro, San Fernando,Tigre y Pilar. Zona semirural, con lento y progresivo asentamiento industrial y vertiginoso crecimiento de población de diferentes capas sociales: familias de clase media y alta en barrios cerrados, grupos excluidos en terrenos desocupados. La característica más notable es la carencia de urbanización, servicios y seguridad públicas, lo que da lugar a emprendimientos s de todo tipo.
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* Datos sobre la autora:
* María Felicitas Elías
Trabajadora Social. Especialista en Administración y Gestión de Políticas Sociales. Tesista del Programa de Maestría y Doctorado de PUC-UNLP.

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