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Edición N° 20 - verano 2001

Los Derechos Humanos como fundamento ético del Trabajo Social

Por:
Lic. Nilda Gladys Omill
*
(Datos sobre la autora)


Se puede hablar del Trabajo Social y los Derechos Humanos desde distintas perspectivas. Una de ellas es la que elegí para desarrollar este artículo. Si partimos de la definición de derechos Humanos como los derechos inherentes a nuestra naturaleza, sin los cuales no podemos vivir como seres humanos, entonces podemos decir que cualquier profesión o actividad que se desarrolle con personas tiene que tener su fundamento en estos derechos.

La conciencia acerca de que los hombres poseemos dignidad y derechos propios comenzó a desarrollarse desde los orígenes de la humanidad, pero fue necesario que la dignidad del hombre se violara de modo inimaginable para que los derechos fueran reconocidos en formulaciones doctrinarias y legales.
El Siglo XX fue el escenario en el que Derechos Humanos y Trabajo Social se desarrollaron.
El Siglo XX ha sido el siglo de la declamación y consagración de los Derechos Humanos; pero también el de su violación. El Siglo XX ha sido el siglo en que el Trabajo Social se institucionalizó.

El Siglo XX fue el siglo que cobijó una forma de Estado - el Estado de Bienestar - que promovió y concretó los derechos humanos, especialmente los de segunda generación: derechos sociales y económicos. Fue ese Estado el que permitió la apertura de nuevos espacios profesionales para el Trabajo social, a partir de la institucionalización de las Políticas Sociales.

El Siglo XX fue el escenario de la crisis del Estado de Bienestar y su posterior reemplazo por el Estado Neoliberal Conservador, que desconoce las reivindicaciones alcanzadas gracias a enormes luchas de los sectores populares. Este nuevo Estado le plantea serios desafíos al Trabajo Social, pues la violación de los Derechos Humanos es moneda común y el trabajador social interviene en esas violaciones que se producen al nivel de vida cotidiana.

La violación de los Derechos Humanos asume distintas formas:

  • La violación por acción es la predominante cuando se interrumpe el orden constitucional y se atenta no sólo contra el derecho a elección, sino - como ocurrió en la última dictadura - contra el derecho a la vida (la detención arbitraria, la ejecución sin juicio, la desaparición forzada). Concierne especialmente a los derechos de primera generación (civiles y políticos).

  • La violación por omisión sucede cuando los poderes públicos se muestran indiferentes frente a situaciones que requiere de su intervención. Concierne a los derechos económicos y sociales. Hay violación de derechos toda vez que no se garantiza un nivel de vida digna, el derecho al trabajo, a la educación, a la salud, etc.

  • La violación por exclusión se produce cuando sectores de la población son apartados explícitamente del goce de derechos, en virtud de caracteres que tienen que ver con el sexo, la religión, la raza, la edad, la clase social, la nacionalidad, etc.

Aunque el Trabajo Social reconoce un origen contradictorio, pues surgió en el marco de la ampliación de la intervención estatal para hacer frente a la creciente tensión social, es indudable que nuestra profesión históricamente ha cumplido un papel en la defensa y promoción de la vida. Esto más allá de la claridad intelectual para interpretar la realidad que hayan tenido los profesionales en cada momento. Ya Mary Richmond sostenía "...No basta que los trabajadores sociales hablen el idioma de la democracia...es necesario que lleven en su corazón la convicción espiritual del valor infinito que representa nuestro carácter común de seres humanos...".
Hoy más que nunca el compromiso de la profesión con los Derechos Humanos debe ser mayor, pues en estos años se ha involucionado en la concreción de los derechos declamados. La profesionalización de nuestra práctica está ligada con los derechos sociales de ciudadanía garantizados por el Estado de Bienestar.
Los derechos sociales conllevan el desarrollo de las capacidades que posibilitan la emancipación de las limitaciones que impone la pobreza y de la dependencia en relación con las políticas estatales. Pero como decíamos al comienzo, el Estado Neoliberal Conservador nos retrotrae a la prehistoria de la ciudadanía social, imponiendo la lógica de la beneficencia, o sea la intervención en la cuestión social basada en el deber moral y no en una concepción de derechos sociales.

El debate de la ciudadanía en el interior de la profesión es un antídoto para la neofilantropía. Como dice Nora Aquín "...contrapongamos procesos de inclusión repensando a los sujetos con los que trabajamos como ciudadanos y no como víctimas".
Trabajamos con un sujeto pobre no con un pobre sujeto. El primero es una persona con derechos (vulnerados) y obligaciones; el segundo es una persona que recibe favores. El Trabajo Social puede facilitar la efectivización de la ciudadanía ya que interviene en la integración de diversas acciones que atienden un conjunto de derechos.
Cuando decimos que el Trabajo Social es la profesión que orienta su atención a las necesidades materiales y no materiales; y decimos que intervenimos cuando aparecen obstáculos en la producción y reproducción de personas, grupos y comunidades, estamos refiriéndonos a situaciones donde los derechos humanos están siendo negados. Por lo tanto Trabajo Social es una profesión afirmativa de los derechos humanos.

Los trabajadores sociales tenemos la obligación ineludible de conocer todos y cada uno de los derechos humanos. Y la obligación de difundirlos. Cuando decimos que el Trabajo Social tiene un objetivo de orientación que comprende los contenidos formativos e informativos que se le brindan a los sujetos para superar sus situaciones problemáticas, ahí incluimos a los derechos humanos, que las personas deben conocer para organizarse y movilizarse en su reclamo.
Qué distinta es la postura de un sujeto que demanda desde una posición subalterna, de ignorancia y desconocimiento, a un sujeto que demanda que se le reconozcan sus derechos. Es una posición cualitativamente distinta.

Dice Teresa Matus Sepúlveda en su libro "Propuestas Contemporáneas en Trabajo Social" que no se pueden aplicar lecturas anacrónicas a realidades cambiantes y que hoy importa que el trabajador social pueda hacer una síntesis no unívoca a partir de una mirada compleja y rica sobre los problemas en los que interviene.
Requiere, entonces un cúmulo de saberes pertinentes, que conjuguen conocimiento de la teoría social, enfoques epistemológicos adecuados y referentes éticos.

Esos referentes éticos están enunciados por la Federación Internacional de Trabajo Social en su Declaración de Etica, en la que explícitamente se sostiene que el Trabajo Social está basado en el valor de los derechos humanos y que respeta los contenidos de la Declaración Universal de Derechos Humanos como los de la Declaración Universal de Derechos de los Pueblos Indígenas.
Además los ocho principios restantes implican de una u otra manera el reconocimiento de la dignidad del hombre: de su capacidad para el desarrollo autónomo, de la necesidad de la autodeterminación y de la participación en las decisiones que los afectan, del derecho a la protección de la privacidad mediante el secreto profesional, de la aceptación de las diferencias (no de las desigualdades) rechazando la discriminación.
Y también se refieren a la construcción y preservación de la democracia como sistema que garantiza los derechos de las personas; por eso el Trabajo social aboga por la solidaridad, por la asignación de recursos necesarios para la gente que precisa apoyo a fin de participar en igualdad de términos. Compromete al trabajador social a revelar las desigualdades y las estructuras político - sociales represivas y a trabajar para abolirlas. Nuestra profesión es incompatible con el apoyo a grupos, fuerzas o estructuras políticas que eliminen seres humanos y empleen medios brutales.

La democracia es la única forma de régimen político compatible con el respeto de los derechos económicos, sociales, políticos, civiles y culturales. Sin embargo no basta con establecer la democracia electoral. Cuatro características que definen una democracia se basan en los derechos humanos:

  • La celebración de elecciones libres e imparciales que contribuye a la realización del derecho a la participación política.

  • La existencia de medios de difusión libres e independientes que contribuye a ¡a realización del derecho a la libertad de expresión, pensamiento y conciencia.

  • La separación de los poderes del Estado que ayuda a proteger a los ciudadanos de la violación de sus derechos civiles y políticos.

  • El fomento de una sociedad civil abierta que además de contribuir a la realización de los derechos de reunión y asociación pacífica aporta a la promoción de los derechos.

Aquí le cabe al trabajador social un papel importante, si tenemos en cuenta que el rol del trabajador social es de asistencia en una doble dimensión:
  1. Asistencial para ¡a sobrevivencia;

  2. Asistencial en lo político - organizativo

Siguiendo a Mercedes Gagneten decimos que estas dimensiones se implican mutuamente, ya que el modo cómo se resuelven las necesidades básicas, genera modos cualitativos de superación estructural. El acento está puesto en la transferencia de poder a los sectores populares, a partir de! fortalecimiento de sus estructuras organizativas.
Es cierto que la transformación social (en el sentido de terminar con la injusticia, superar la pobreza, construir un proyecto de desarrollo humano) excede a la especificidad del Trabajo Social y es una tarea de cada uno de nosotros en nuestro carácter de ciudadano. Pero el Trabajo Social sí puede contribuir a la promoción social, en el apoyo a los grupos y familias vulnerados en sus derechos, en la construcción de una cultura de respeto de los derechos humanos mediante acciones educativas. Por eso digo parafraseando a Bertold Bretch:No acepten lo habitual
Como cosa natural,
Pues en tiempo de desorden,
De confusión organizada,
De arbitrariedad conciente,
De humanidad deshumanizada,
Nada debe parecer natural,
Nada debe parecer imposible de cambiar

BIBLIOGRAFIA

  • AQUIN, Nora (2000): Las Implicancias de la Categoría de Ciudadanía en la Intervención Profesional en Revista Confluencias del Colegio Profesional de Trabajadores Sociales de Sta Fe

  • AUTORES VARIOS (2000): Trabajo Social y Compromiso Etico Asistencia o Resistencia; Espacio Editorial; Argentina

  • EROLES, Carlos (1996): Derechos Humanos un Compromiso Etico del Trabajo Social; Espacio Editorial; Bs. As.

  • GAGNETEN, Mercedes (1990): Hacia una Metodología para la Sistematización de la Práctica; Edit. Humanitas; Bs.As. Federación Internacional de Trabajo Social (1993): Declaración sobre Principios Eticos en Trabajo Social

  • MATUS SEPULVEDA, T. (1999): Propuestas Contemporáneas en Trabajo Social. Hacia una Intervención Polifónica; Espacio Editorial; Argentina

  • PNUD (2000): Informe sobre Desarrollo Humano 2000; Ediciones Mundi- Prensa; Bs.As.


* Datos sobre la autora:
* Lic. Nilda Gladys Omill
Prof. adjunta regular con semidedicación de Introducción al Trabajo Social de la Licenciatura en Trabajo Social - Universidad Nacional de Tucumán
Tesista de la Maestría en Sociología Aplicada de la Facultad de derecho y Ciencias Sociales de la Universidad nacional de Tucumán
Investigadora del CIUNT (Consejo de Investigaciones de la U.N.T.) Tema de investigación: La exclusión y su Impacto en la Escuela
E-mail: ngo@noanet.com.ar

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