Artículo 10º.
El niño debe ser protegido contra las prácticas
que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa, o de cualquiera
otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión,
tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal,
y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al
servicio de sus semejantes.
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